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    <fecha_publicacion>2016/12/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Berzosa del Lozoya. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>314</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Berzosa de Lozoya</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BERZOSA DEL LOZOYA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Berzosa del Lozoya. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales 
  Aprobado definitivamente por el Pleno de este Ayuntamiento, en su sesión de 12 de diciembre de 2016, el expediente de modificación de ordenanzas fiscales, a efectos 1 de enero de 2017, y de conformidad con lo establecido en el artículos 17 y siguientes, del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a la publicación de la modificación de la siguiente ordenanza.
  ORDENANZA 7 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES
  1.  El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicables a los bienes de naturaleza urbana, queda fijado en 0,48.
  2.  El tipo de gravamen del impuesto sobre bienes inmuebles aplicables a los bienes de naturaleza rustica, queda fijado en 1,05.
  En Berzosa del Lozoya, a 12 de diciembre de 2016..El alcalde, Antonio del Pozo González.
  (03/44.216/16)</texto>
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