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    <titulo>Móstoles número 5. Procedimiento 941 de 2014, notificación a doña Johana González Suela</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 
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 Móstoles número 5. Procedimiento 941 de 2014, notificación a doña Johana González Suela 
  EDICTO
  Doña Águeda García Villegas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Móstoles.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 941 de 2014, instados por la procuradora doña Yolanda García Letrado, en nombre y representación de “Santander Consumer, Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, contra doña Johana González Suela y don Juan Pérez Reyes, en reclamación de 8.194,81 euros, en los que se ha dictado en fecha 29 de febrero de 2016 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:
  En Móstoles, a 29 de febrero de 2016..Vistos por mí, Beatriz Martínez Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 5 de Móstoles y su partido, los autos de juicio ordinario seguidos en este Juzgado bajo el número 941 de 2014, a instancias de la entidad “Santander Consumer, Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora señora García y defendida por la letrada señora Osorio, contra don Juan Pérez Reyes y doña Johana González Suela, ambos en situación de rebeldía procesal, cuyos autos versan sobre reclamación de cantidad, y atendiendo al siguiente
  Fallo
  Que, estimando la demanda interpuesta por la procuradora señora García, en nombre y representación de “Santander Consumer, Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, en los autos de juicio ordinario seguido contra don Juan Pérez Reyes y doña Johana González Suela, debo condenar y condeno a dichos demandados a abonar solidariamente a la actora la suma de 8.194,81 euros, cantidad que devengará el interés legal desde la demanda hasta la fecha de la presente resolución.
  Procede imponer las costas a la parte demandada.
  De conformidad con lo establecido en los artículos 455 y 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la presente sentencia es susceptible de recurso de apelación, que deberá interponerse en este Juzgado en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente a su notificación.
  De conformidad con lo establecido en el apartado 3 de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se pone en conocimiento de las partes que para la admisión del recurso de apelación será necesario que en el momento de su preparación se haya consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado la cantidad de 50 euros, debiendo acompañar el justificante acreditativo de dicho ingreso.
  De conformidad con lo establecido en los artículos 2.e), 7 y 8 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, se pone en conocimiento de las partes que para la admisión del recurso de apelación será necesario que, junto con el escrito de interposición del recurso, se acompañe el justificante de pago de la tasa judicial con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, por importe de 800 euros, salvo que la recurrente sea una persona física, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.2.a) de la referida Ley, en la redacción dada por el Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero.
  Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados doña Johana González Suela y don Juan Pérez Reyes, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de los interesados en la Secretaría de este tribunal.
  En Móstoles, a 22 de noviembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/41.812/16)</texto>
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