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    <identificador>BOCM-20161213-110</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/12/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Ejecución 119 de 2016, notificación a Administración de Actividades de Restauración, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>298</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 
 110 
 Madrid número 10. Ejecución 119 de 2016, notificación a Administración de Actividades de Restauración, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Belén Requena Navarro, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 119 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Freddy Antonio Vanegas García, frente a “Administración de Actividades de Restauración, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 7 de noviembre de 2016.
  Parte dispositiva:
  Estimando la solicitud de ejecución de la sentencia por despido, seguido a instancias de don Freddy Antonio Vanegas García, frente a la empresa “Administración de Actividades de Restauración, Sociedad Limitada”, declaro la extinción de la relación laboral existente entre el trabajador don Freddy Antonio Vanegas García con la empresa “Administración de Actividades de Restauración, Sociedad Limitada”, con efectos de la fecha de esta resolución, condenando a “Administración de Actividades de Restauración, Sociedad Limitada”, al abono de la indemnización (computando desde el día 1 de junio al 5 de septiembre de 2015, fecha de la primera ocupación, con anterioridad a la fecha de la sentencia), de 608,19 euros y de 27.368,55 euros en concepto de salarios de tramitación devengados desde la fecha del despido hasta la actualidad, sin perjuicio de descontar de esta última cifra las cantidades que el demandante ha percibido bien de terceras empresas o por el concepto de prestaciones de la Seguridad Social por desempleo durante el período concurrente con los salarios de tramitación.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2508/0000/64/0119/16.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Segura Rodríguez.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Administración de Actividades de Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de noviembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/40.834/16)</texto>
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