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    <titulo>Madrid número 21. Procedimiento 1.086 de 2014-A, notificación a Solid Computer, S. L.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 
 109 
 Madrid número 21. Procedimiento 1.086 de 2014-A, notificación a Solid Computer, S. L. 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Araceli Crespo Pascual, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.086 de 2014-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Emilio Morales Fernández, frente al Fondo de Garantía Salarial, Servicio Público Estatal de Empleo y “Solid Computer, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda presentada a instancias de don Emilio Morales Fernández, asistido de la letrada doña María de la O Amestoy García, contra el Servicio Público Estatal de Empleo, representado y asistido por el letrado del Servicio Público Estatal de Empleo, don Felipe Sayalero San Miguel, contra la empresa “Solid Computer, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en forma, habiendo sido llamado el Fondo de Garantía Salarial, que tampoco comparece, debemos revocar y revocamos parcialmente la resolución de la Dirección Provincial del Servicio Público Estatal de Empleo de 8 de agosto de 2014, en el sentido de que la base reguladora diaria de la prestación por desempleo reconocida al actor ha de ser de 45,72 euros diarios, declarando la responsabilidad de la mercantil “Solid Computers, Sociedad Limitada”, por la falta de cotización en el período de octubre de 2013 a julio de 2014, debiendo anticipar el Servicio Público Estatal de Empleo el pago de la prestación por las diferencias generadas entre la base inicialmente reconocida por la entidad gestora y la ahora declarada.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se advierte que no es firme, ya que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo, en su caso, anunciar el propósito de hacerlo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la misma, por conducto de este Juzgado, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante, al hacerle la notificación de la sentencia, de su propósito de entablar el recurso, pudiendo también anunciarse el recurso por comparecencia o por escrito de las partes o de su abogado o representante ante este Juzgado y en el indicado plazo.
  Al anunciar el recurso, todo aquel que sin tener condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social pretenda formular recurso deberá acreditar, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta abierta a nombre de este Juzgado de lo social en el “Banco Santander” con el número 2519, haciendo constar en el ingreso el número de expediente, pudiéndose sustituir la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que consta la responsabilidad solidaria del avalista. Asimismo, el que no goce del beneficio de justicia gratuita y pretenda formular recurso deberá efectuar un depósito de 300 euros en esa misma cuenta bancaria.
  Así lo acuerda, manda y firma doña Silvia Plaza Ballesteros, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Publicación
  Dada, leída y publicada la anterior sentencia por la magistrada-juez de lo social que la dictó encontrándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha, de lo que yo, la letrada de la Administración de Justicia, doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Solid Computer, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 4 de noviembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/40.613/16)</texto>
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