<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20161130-156</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/11/30</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 41. Ejecución 63 de 2016, notificación a Clínica Ludor, S. A., y otros</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>287</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2016-11-30-287241120160116</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/11/30/BOCM-20161130-156.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/11/30/BOCM-20161130-156.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/11/30/BOCM-20161130-156.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/11/30/BOCM-20161130-156.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41 
 
 156 
 Madrid número 41. Ejecución 63 de 2016, notificación a Clínica Ludor, S. A., y otros 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María José González Huergo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 63 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elena Díaz Gallego y doña María del Pilar Barrio Gómez, frente a “Centro de Estudio y Tratamiento de Enfermedades del Sueño, Sociedad Limitada”, “Clínica Ludor, Sociedad Anónima”, e Instituto para la Investigación de los Trastornos del Sueño, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña María del Pilar Barrio Gómez y doña Elena Díaz Gallego realizada por “Clínica Ludor, Sociedad Anónima”, Instituto para la Investigación de los Trastornos del Sueño y “Centro de Estudio y Tratamiento de Enfermedades del Sueño, Sociedad Limitada”, con efectos de esta resolución judicial, condenando a estos solidariamente a que abonen a aquellas las cantidades siguientes en concepto de indemnización y de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución:
  A doña María del Pilar Barrio Gómez: 47.301,15 euros de indemnización y 23.141,56 euros de salarios de tramitación.
  A doña Elena Díaz Gallego: 82.262,40 euros de indemnización y 39.931,54 euros de salarios de tramitación.
  Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Clínica Ludor, Sociedad Anónima”, Instituto para la Investigación de los Trastornos del Sueño y “Centro de Estudio y Tratamiento de Enfermedades del Sueño, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 10 de noviembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/39.676/16)</texto>
</documento>