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    <fecha_publicacion>2016/11/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Venturada. Régimen económico. Padrón</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>281</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Venturada</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VENTURADA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 77 
 Venturada. Régimen económico. Padrón 
  Aprobados definitivamente por decreto de esta Alcaldía dictado con fecha 30 de agosto de 2016 el padrón y lista cobratoria de los tributos locales: 
  .	Impuesto sobre bienes de naturaleza urbana y características especiales.
  .	Impuesto sobre bienes de naturaleza rústica.
  .	Impuesto sobre actividades económicas. 
  .	Tasa por entrada de vehículos (VADO).
  Todos ellos referidos al ejercicio 2016, a efecto de su notificación colectiva en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión del mismo al trámite de información pública, por medio del presente anuncio se expone al público por plazo de quince días hábiles, a fin de quienes se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones, tengan por convenientes.
  Contra el acto de aprobación de los citados padrones y/o las liquidaciones contenidas en el mismo podrá interponerse recurso previo de reposición ante la Alcaldía-Presidencia, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la finalización del trámite de exposición pública, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
  De conformidad con lo establecido en el artículo 63 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro en período voluntario, de los referidos tributos, correspondiente al ejercicio 2016 en:
  Recaudación Municipal:
  .	Plaza del Ayuntamiento, número 2, local 8, Venturada. Teléfono: 911 821 536.
  .	Calle Santa Bárbara, número 1, Torrelaguna. Teléfono: 918 431 288.
  .	Calle Doctor Esquerdo, número 157, oficina 1B, Madrid. Teléfono: 915 570 698.
  	Horario: de nueve a trece treinta.
  	Plazo de ingreso: del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2016.
  	Modalidad de cobro: en metálico, en las oficinas mencionadas; pago bancario a través de las entidades autorizadas, “Banco Popular Español”, “Banco Santander”, “Bankia” y “Caixabank”, presentando recibo, y domiciliaciones. Las órdenes de domiciliación deberán comunicarse con una antelación de al menos dos meses antes del comienzo del período de cobro. En caso contrario, surtirán efecto a partir del período siguiente.
  Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos en período ejecutivo, los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
  Venturada, a 30 de agosto de 2016..El alcalde, Daniel Caparrós López.
  (02/31.449/16)</texto>
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