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    <fecha_publicacion>2016/11/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– San Fernando de Henares. Régimen económico. Ordenanza fiscal escuelas infantiles</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de San Fernado de Henares</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 55 
 San Fernando de Henares. Régimen económico. Ordenanza fiscal escuelas infantiles 
  Doña Macarena Medel Llorente, concejala-delegada de Hacienda del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Madrid).
  Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 17 de noviembre de 2016, adoptó, entre otros, acuerdo de aprobación provisional de las modificaciones a las siguientes ordenanzas fiscales para el ejercicio 2017, con dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa Especial de Cuentas:
  Aprobación provisional de la propuesta de modificación de la ordenanza número 10. Ordenanza fiscal para la exacción de la tasa por la prestación del servicio de las escuelas infantiles municipales
  .	Se modifica en el artículo 1: “curso escolar 2015-2016”, por “curso escolar 2016-2017”.
  .	Se incluye al final del artículo 2: polichinela y acuarela.
  .	Se modifica en el artículo 3.1 la cuantía del horario ampliado, por cada media hora o fracción siendo esta de 12,00 euros mes.
  .	Se modifica en el artículo 3.2 primer párrafo: donde pone “2013”, debe poner “2014”.
  .	Se modifica en el artículo 3.2 las cuantías siendo estas de 64,00 euros, 104,00 euros, 144,00 euros y 208,00 euros mes.
  .	Se modifica en el artículo 3.2 después del cuadro de cuantías “nacidos en 2015”, por “nacidos en 2016”, y en ese mismo párrafo la cuantía pasa a ser de 48 euros.
  .	Se modifica en el artículo 4.1 al final “matriculados en el curso 2014-2015 y que continúen, durante el curso 2015-2016”, por “matriculados en el curso 2015-2016 y que continúen, durante el curso 2016-2017”.
  .	Reenumeración de los puntos existentes en el artículo 5, como puntos 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13.
  .	Reenumeración de los artículos 6, 7 y 8, que pasan a ser 5, 6 y 7.
  .	Se modifica en el artículo 4.9 (nuevo): “año 2015”, por “año 2016”.
  .	Se modifica en el artículo 4.11 (nuevo): “curso 2015-2016”, por “curso 2016-2017”.
  .	Se modifica en el artículo 5.1 (nuevo): “…adelantado dentro de los quince…”, por “adelantado aproximadamente dentro de los quince…”, y al final de ese párrafo, donde pone “…incorporación de niños/as paulatinamente”, debe poner: “…incorporación paulatina de los niños/as”.
  Dicho acuerdo, junto con la redacción de las ordenanzas afectadas, permanecerá expuesto al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el plazo de treinta días desde el día siguiente de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  En el supuesto de no presentarse reclamación alguna, se considerarán definitivamente aprobadas, a tenor de lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  San Fernando de Henares, a 18 de noviembre de 2016..La concejala-delegada de Hacienda, Macarena Medel Llorente.
  (03/40.573/16)</texto>
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