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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
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    <titulo>Madrid número 24. Procedimiento 207 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 
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 Madrid número 24. Procedimiento 207 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Marta Menárguez Salomón, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 207 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Emilio Francisco Ferrería Pérez, frente a don Jonathan Ceballos Guzmán y “Food Embassy, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 408 de 2016
  En Madrid, a 7 de octubre de 2016..El ilustrísimo señor don Fernando Herrada Romero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, ha visto el procedimiento número 207 de 2016, seguido a instancia de don Emilio Francisco Ferrería Pérez, asistido del abogado don Ángel Carlos Zamora de Luque, contra “Food Embassy, Sociedad Limitada Unipersonal”, don Jonathan Ceballos Guzmán y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, sobre acción de despido.
  Fallo
  Que respecto de la demanda deducida por don Emilio Francisco Ferrería Pérez, contra “Food Embassy, Sociedad Limitada Unipersonal”, don Jonathan Ceballos Guzmán y Fondo de Garantía Salarial, debo:
  a)  Tener por desistida a la parte actora de la demanda origen del presente procedimiento y deducida contra don Jonathan Ceballos Guzmán.
  b)  Desestimar la referida demanda respecto de “Food Embassy, Sociedad Limitada Unipersonal”.
  Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y que deberá anunciarse, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de esta resolución, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 194 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, siendo indispensable que el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita acredite, al anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de la condena, que podrá sustituirse por el aseguramiento mediante aval bancario. La consignación deberá efectuarse en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, cuenta corriente número 0049/3569/92/0005001274, y al concepto clave número 2522000000020716. Se significa además que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, intente interponer recurso de suplicación, deberá efectuar un deposito de 300 euros, que ingresará con independencia a la consignación, en su caso, en la indicada cuenta y concepto, debiendo el recurrente hacer entrega del resguardo acreditativo en la Secretaría del Juzgado, al tiempo de interponer el recurso de suplicación.
  Incorpórese esta sentencia al correspondiente libro y expídase certificación literal de la misma para constancia en las actuaciones.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Food Embassy, Sociedad Limitada Unipersonal”, y don Jonathan Ceballos Guzmán, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de octubre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/36.304/16)</texto>
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