<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20161107-52</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/11/07</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 36. Procedimiento 956 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>267</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2016-11-07-267021120160103</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/11/07/BOCM-20161107-52.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/11/07/BOCM-20161107-52.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/11/07/BOCM-20161107-52.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/11/07/BOCM-20161107-52.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 36 
 
 52 
 Madrid número 36. Procedimiento 956 de 2015 
  EDICTO
  Doña Adoración Turel García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 956 de 2015, entre doña Luz Angélica Mora Zhongor, contra “Mundo Cultura Ediciones, Sociedad Limitada”, en reclamación de 3.255 euros, en cuyos autos se ha dictado por la magistrada-juez de primera instancia, doña María de los Ángeles Martín Vallejo, en fecha 11 de mayo de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por doña Luz Angélica Mora Zhongor, contra “Mundo Cultura Ediciones, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía, debo declarar y declaro la nulidad de los contratos números 14.796 y 84.295, de fecha 26 de marzo de 2012, que debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la parte demandante la cantidad de 2.463,75 euros y a las cantidades que, como consecuencia del contrato, haya abonado la demandante con posterioridad a la interposición de la demanda y a los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, siendo de aplicación el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con imposición de las costas a la parte demandada.
  Contra la presente resolución podrán las partes interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Mundo Cultura Ediciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido y firmo la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en Madrid, a 8 de septiembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/36.248/16)</texto>
</documento>