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    <titulo>Madrid número 29. Ejecución 4 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>267</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 
 103 
 Madrid número 29. Ejecución 4 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 29 de Madrid. 
  Hago saber: Que en el procedimiento número 4 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Octavian Sofroni, frente a “Grumar 2005, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución de sentencia de 12 de noviembre de 2015 y auto de 22 de marzo de 2016 a favor de la parte ejecutante, don Octavian Sofroni, frente a la demandada “Grumar 2005, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 33.825,66 euros, más 2.029,54 euros y 3.382,57 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación. 
  Notifíquese la presente resolución a las partes. 
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander” 2802-0000-64-0004-16.
  Así por este su auto, lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez, doña Pilar Varas García.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grumar 2005, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de octubre de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/35.328/16)</texto>
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