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    <titulo>Madrid número 2. Procedimiento 500 de 2015</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 
 9 
 Madrid número 2. Procedimiento 500 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 500 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Josué Jhonatan Cabrera Cerezo, frente a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta a instancias de don Josué Jhonatan Cabrera Cerezo, contra “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, al pago a don Josué Jhonatan Cabrera Cerezo de la cantidad de 2.320,78 euros, con el recargo del 10 por 100 previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, aplicado a la cantidad de 2.132,11 euros y desde la fecha de 5 de febrero de 2015.
  El Fondo de Garantía Salarial responderá de las consecuencias económicas previstas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y siempre dentro de los límites establecidos en el mencionado precepto.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que la presente reolución es firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno.
  Incorpórese la presente resolución al correspondiente libro de sentencias y autos, dejando en autos testimonio de la misma.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada que fue la anterior sentencia por el ilustrísimo magistrado-juez de lo social que la suscribe en el siguiente día estando celebrando audiencia pública.
  Diligencia..Seguidamente se expide testimonio de la anterior resolución para su unión a los autos de su razón, archivándose el presente original en el legajo correspondiente..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 26 de septiembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/35.217/16)</texto>
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