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    <titulo>– Olmeda de las Fuentes. Organización y funcionamiento. Ordenanza condiciones estéticas</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>OLMEDA DE LAS FUENTES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE OLMEDA DE LAS FUENTES 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Olmeda de las Fuentes. Organización y funcionamiento. Ordenanza condiciones estéticas 
  El Pleno del Ayuntamiento de Olmeda de las Fuentes, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de septiembre de 2016, acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal reguladora de las condiciones estéticas del municipio de Olmeda de las Fuentes, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  Olmeda de las Fuentes, a 13 de octubre de 2016..El alcalde-presidente, Miguel Ángel Alonso Juliá.
  (03/36.432/16)</texto>
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