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    <identificador>BOCM-20161031-181</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/10/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Procedimiento 958 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>261</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 
 181 
 Madrid número 29. Procedimiento 958 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 958 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Consuelo Zarzo Torrejón, frente a “Outsourcing of Cleaning Services Madrid, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que estimando la demanda por despido y parcialmente la de cantidad interpuestas por doña María Consuelo Zarzo Torrejón, vengo a declarar la improcedencia de su despido, se tiene por hecha la opción por la indemnización y se declara extinguida la relación laboral que unió a las litigantes en el día de la fecha, condenando a la demandada “Outsourcing of Cleaning Services Madrid, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por tales declaraciones y a abonar a la actora la cantidad de 5.798,15 euros en concepto de indemnización. Asimismo, se condena a la demandada a abonarle la cantidad de 1.203,02 euros, con más el 10 por 100 de mora que corresponda.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito presentado en la Secretaría de este Juzgado dentro del plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia y designando letrado o graduado social colegiado para su tramitación, y que deberán acreditar el ingreso de la correspondiente tasa al momento de interponerlo, salvo que gocen del beneficio de justicia gratuita.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Outsourcing of Cleaning Services Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de septiembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/35.452/16)</texto>
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