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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/10/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 56 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>257</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 
 80 
 Madrid número 2. Ejecución 56 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Laura Carrión Gómez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 56 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel del Toro Otero, frente a “Calor y Fluidos, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto de 16 de septiembre de 2016, cuya parte dispositiva literalmente dice:
  Se acuerda corregir el error advertido en el decreto de 1 de septiembre de 2016, en los siguientes términos:
  Donde dice: “Constando un sobrante de 516,30 euros, acuerdo poner a disposición de la ejecutada la suma de 954,53 euros en concepto de sobrante, firme esta resolución, siendo los días de pago en esta oficina judicial los lunes y martes de nueve y treinta a catorce, debiendo comparecer en esta Secretaría para retirar mandamiento de pago o aportar número de cuenta y acreditación de la titularidad, a fin de efectuar transferencia, acompañándose a esta resolución formulario para aportar número de cuenta, que podrá ser enviado por fax o presentado en este Juzgado, firme esta resolución”.
  Debe decir: “Constando un sobrante de 516,30 euros, acuerdo poner a disposición de la ejecutada la suma de 516,30 euros en concepto de sobrante, firme esta resolución, siendo los días de pago en esta oficina judicial los lunes y martes de nueve y treinta a catorce, debiendo comparecer en esta Secretaría para retirar mandamiento de pago o aportar número de cuenta y acreditación de la titularidad, a fin de efectuar transferencia, acompañándose a esta resolución formulario para aportar número de cuenta, que podrá ser enviado por fax o presentado en este Juzgado, firme esta resolución”.
  Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este decreto.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Calor y Fluidos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de septiembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/34.301/16)</texto>
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