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    <titulo>Barcelona número 16. Procedimiento 819 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE BARCELONA NÚMERO 16 
 
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 Barcelona número 16. Procedimiento 819 de 2012 
  EDICTO
  En los autos número 819 de 2012 de pieza separada de jura de cuentas, seguidos en este Juzgado en materia social, se ha dictado auto en fecha 6 de septiembre de 2016.
  Contra dicho decreto no cabe ningún recurso, sin que por ello se prejuzgue la resolución que pudiera dictarse en un juicio ordinario posterior (artículo 34.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) y del cual puede tener conocimiento íntegro en la oficina judicial de este Juzgado (planta sexta, edificio “S”, Ciutat de la Justicia).
  Y a fin de que sirva de notificación a don Gonzalo Vioque Mañas, cuyo domicilio actual se desconoce, expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia o de decreto, cuando pongan fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.
  En Barcelona, a 6 de septiembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia, María Abigail Fernández González.
  (03/34.188/16)</texto>
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