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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 7</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/10/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Bilbao número 7. Social ordinario 1.113 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE BILBAO NÚMERO 7 
 
 135 
 Bilbao número 7. Social ordinario 1.113 de 2014 
  EDICTO
  Don Francisco Lurueña Rodríguez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 7 de Bilbao.
  Hago saber: Que en autos social ordinario número 1.113 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José María Cabezas Montaña, Raúl Martín García y don Javier Mena Torrejón, contra “Autobuses del Cantábrico, Sociedad Limitada”, “Autobuses del Norte, Sociedad Anónima”, “Autocares Discrecionales del Norte, Sociedad Anónima”, “Continental Auto, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “General Transporte de Autopistas, Sociedad Anónima” y “Nex Continental Holdings, Sociedad Limitada Unipersonal”, se ha dictado la siguiente:
  CÉDULA DE CITACIÓN
  Autoridad que ordena citar: letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 7 de Bilbao.
  Asunto en que se acuerda: número 1.113 de 2014.
  Fecha de la resolución que lo acuerda: 27 de junio de 2016.
  Persona a la que se cita: “Continental Auto, Sociedad Limitada” y “Autobuses del Norte, Sociedad Anónima”, en concepto de parte demandada.
  Objeto de la citación: asistir en el concepto indicado a la celebración del acto de conciliación y, en su caso, juicio.
  Lugar, día y hora en que debe comparecer: para el acto de conciliación debe comparecer el día 21 de noviembre de 2016, a las nueve treinta y cinco horas, en la sala multiusos de este Juzgado, sexta planta, del Palacio de Justicia. De no alcanzar avenencia en dicho acto, deberá acudir seguidamente a la Sala de vistas número 11, Barroeta Aldamar, número 10, primera planta, al objeto de celebrar el correspondiente juicio.
  Prevenciones legales
  1.  Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  2.  Debe concurrir al juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (artículo 82.3 de la Ley de la Jurisdicción Social), que, tratándose de documental, deberá estar adecuadamente presentada, ordenada y numerada (artículo 94 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  3.  Las partes podrán formalizar conciliación en evitación del juicio por medio de comparecencia ante la oficina judicial, sin esperar a la fecha del señalamiento, así como someter la cuestión a los procedimientos de mediación que pudieran estar constituidos de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de la Jurisdicción Social, sin que ello dé lugar a la suspensión, salvo que de común acuerdo lo soliciten ambas partes, justificando la sumisión a la mediación (artículo 82.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  4.  Debe presentar los documentos que estén en su poder y hayan sido propuestos por la parte demandante y admitidos por el Juzgado; si no los presentare sin causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones hechas por la parte contraria, en relación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  5.  Se le hace saber que la parte demandante comparecerá en el juicio asistida de letrado. Si usted también se propone comparecer con alguno de dichos profesionales, debe participarlo al Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes al de la citación. De no hacerlo, se presume que renuncia al derecho de valerse en el acto del juicio de dichos profesionales (artículo 21.2 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  6.  En el primer escrito que presente o comparecencia que realice ante este Juzgado, deberá señalar un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación (artículo 53.2 de la de la Ley de la Jurisdicción Social).
  El domicilio y los datos de localización que facilite para la práctica de los actos de comunicación surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no facilite otros datos alternativos, siendo su deber mantenerlos actualizados. Asimismo, debe comunicar a esta oficina judicial los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos se utilicen como instrumentos de comunicación con el tribunal (artículo 53.2, párrafo segundo, de la Ley de la Jurisdicción Social).
  7.  La representación de persona física o entidades sociales deberá acreditarse por medio de poder notarial o conferirse por comparecencia ante Letrado de la Administración de Justicia.
  8.  Debe comparecer con DNI, pasaporte o tarjeta de residencia.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia, decreto que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.
  Y para que le sirva de citación a “Continental Auto, Sociedad Limitada” y “Autobuses del Norte, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Bilbao (Bizkaia), a 1 de septiembre de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/35.290/16)</texto>
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