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    <titulo>Madrid número 39. Ejecución 199 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 
 89 
 Madrid número 39. Ejecución 199 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Victoria Delgado Robledo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 199 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Cristian Marius Bunea y don Eric Antonio Ballardo Arce, frente a “Frío Trans Moval, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Cristian Marius Bunea y don Eric Antonio Ballardo Arce, frente a la demandada “Frío Trans Moval, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 43.489,84 euros, más 4.348,98 euros y otros 4.348,98 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Corresponde a cada uno de los demandantes en concepto de principal las siguientes cantidades:
  A don Cristian Marius Bunea: 18.020,31 euros.
  A don Eric Antonio Ballardo Arce: 25.469,53 euros.
  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en el plazo de quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que, de no ser así, se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en la entidad “Banco Santander” 4283-0000-64-0199-16.
  Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el ilustrísimo señor magistrado-juez.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Frío Trans Moval, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de septiembre de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/32.330/16)</texto>
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