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    <titulo>– Pedrezuela. Organización y funcionamiento. Ordenanza animales peligrosos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PEDREZUELA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE PEDREZUELA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Pedrezuela. Organización y funcionamiento. Ordenanza animales peligrosos 
  El Pleno del Ayuntamiento de Pedrezuela, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de septiembre de 2016, acordó la aprobación inicial de la ordenanza reguladora de la tenencia de animales potencialmente peligrosos de Pedrezuela, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Pedrezuela, a 23 de septiembre de 2016..El alcalde, Rafael Turnes García.
  (03/33.559/16)</texto>
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