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    <titulo>Madrid número 8. Procedimiento 526 de 2012</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 8 
 
 88 
 Madrid número 8. Procedimiento 526 de 2012 
  EDICTO
  Doña Verónica Calvo Moreno, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo mercantil número 8.
  Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento pieza incidente concursal, otros (artículo 192 LC) número 526 de 2012, instados en nombre y representación de administracion concursal de “Ambulancias Europa, Sociedad Anónima”, contra “Ambulancias Europa, Sociedad Anónima”, “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, “Ambulancias Alonso, Sociedad Limitada”, “Europa Ambulancias” UTE, doña Ana María Sarria Baena y don José Antonio Ortega Ranero, en los que se ha dictado en fecha 10 de junio de 2014 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Fallo
  I.  Con estimación parcial de la demanda interpuesta por la administración concursal del concurso de “Ambulancias Europa, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro la reintegración de la prenda sobre los depósitos número 0512-302392, 0512-302490 y 0512-302491, sobre el 92,91 por 100 de su saldo, con ineficacia de dicha prenda, constituida a favor de “Banco Pastor, Sociedad Anónima”.
  II.  Debo desestimar y desestimo la petición de subordinación del crédito de “Banco Pastor, Sociedad Anónima”, en relación con el préstamo número 0512/20034512.
  III.  Debo declarar y declaro que no procede condena en costas para ninguna de las partes litigantes.
  Modo de impugnación: notifíquese esta sentencia a las partes, con expresa prevención de que la misma no es firme, cabiendo contra ella recurso de apelación, que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a su efectiva notificación, siendo resuelto por la Audiencia Provincial.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don José Antonio Ortega Ranero y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
  En Madrid, a 7 de julio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/32.761/16)</texto>
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