<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20161007-102</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/10/07</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 193 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>241</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2016-10-07-241061020160085</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/10/07/BOCM-20161007-102.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/10/07/BOCM-20161007-102.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/10/07/BOCM-20161007-102.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/10/07/BOCM-20161007-102.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 
 102 
 Madrid número 19. Ejecución 193 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Alfonso Lozano de Benito, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 193 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rodrigo de Jesús Agudelo, frente a “Gestiones Inmobiliarias El Pilar, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
  Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Rodrigo de Jesús Agudelo, frente a la demandada “Gestiones Inmobiliarias El Pilar, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 3.531,40 euros (2.165,62 euros de indemnización, más 1.252,75 euros de cantidad y más 113,03 euros de intereses moratorios vencidos), más 212 euros y 353 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles de que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Se advierte a la destinataria de que las siguiente comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gestiones Inmobiliarias El Pilar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
  En Madrid, a 20 de septiembre de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/34.505/16)</texto>
</documento>