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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2016/10/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Ejecución 128 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>237</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 
 135 
 Madrid número 1. Ejecución 128 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 128 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Javier García Vallinas, frente a “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 19 de julio de 2016.
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Luis Javier García Vallinas con la empresa “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, condenando a esta a que abone a aquel la cantidad de 27.932,08 euros, en concepto de indemnización, y la cantidad de 54.637,93 euros, en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2499-0000-64-0128-16.
  Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez don Antonio Martínez Melero.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Defender Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de julio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/31.492/16)</texto>
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