<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20160906-54</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/09/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 26. Procedimiento 506 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>213</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2016-09-06-213310820160021</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/09/06/BOCM-20160906-54.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/09/06/BOCM-20160906-54.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/09/06/BOCM-20160906-54.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/09/06/BOCM-20160906-54.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 
 54 
 Madrid número 26. Procedimiento 506 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María García Ferreira, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 506 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Freddy Chala Janampa, frente a “Proyser 2012, Sociedad Limitada”, y “Restauraciones Técnicas de Edificios, Sociedad Limitada”, en materia social, se ha dictado sentencia con fecha 31 de marzo de 2016.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Proyser 2012, Sociedad Limitada”, parte demandada en las presentes actuaciones, cuyo domicilio actual se desconoce, expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia, o de decreto cuando pongan fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.
  En Madrid, a 9 de junio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/29.954/16)</texto>
</documento>