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    <fecha_publicacion>2016/08/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 9. Procedimiento 330 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>197</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 
 101 
 Madrid número 9. Procedimiento 330 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María del Carmen Martín García, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 330 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Prieto Rodríguez, frente a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 234 de 2016
  En Madrid, a 14 de julio de 2016..Don José María Reyero Sahelices, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 9 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre procedimiento ordinario, entre partes: de una, como demandante, don Alejandro Prieto Rodríguez, que comparece asistido del letrado don Manuel Dávila Arenales, y de otra, como demandada, “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, que no comparece, estando citada en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por don Alejandro Prieto Rodríguez, frente a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 1.108,78 euros, con más el 10 por 100 de interés legal por mora.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez de lo social don José María Reyero Sahelices que la firma estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de julio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/28.736/16)</texto>
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