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    <identificador>BOCM-20160816-213</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2016/08/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 40. Procedimiento 159 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>195</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40 
 
 213 
 Madrid número 40. Procedimiento 159 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Mercedes Llopis Lucas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 159 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alberto Ramos Pizarro, frente a “Printing Impresión, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la existencia de inadecuación del procedimiento en relación con parte de la pretensión y, entrando en el fondo en relación con el resto, estimando parcialmente la demanda formulada por don Alberto Ramos Pizarro, contra “Printing Impresión, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la mercantil demandada a que abone al actor la suma de 12.100,47 euros, de los cuales 9.955,07 euros corresponden a indemnización y 2.145,40 euros son de deuda salarial, debiendo aplicarse a esta cantidad el 10 por 100 de interés por mora.
  No se efectúa declaración expresa de absolución o condena respecto al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones establecidas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Printing Impresión, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de julio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/28.498/16)</texto>
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