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    <titulo>Madrid número 1. Ejecución 26 de 2015</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 
 94 
 Madrid número 1. Ejecución 26 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rosario Barrio Pelegrini, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 26 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel García Martínez, frente a “Estudios y Reformas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado la siguiente resolución:
  
  Decreto
  En Madrid, a 16 de febrero de 2016.
  Parte dispositiva:
  Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por la suma de 86,77 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.
  Póngase a disposición las cantidades resultantes de la liquidación de intereses, librándose al efecto los oportunos mandamientos.
  Devuélvase a la ejecutada la cantidad de 499,73 euros en concepto de sobrante, librándose al efecto el correspondiente mandamiento de pago.
  Procédase a levantar los embargos trabados en el presente procedimiento para lo cual líbrense los despachos oportunos.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y verificado el cobro de cantidades, procédase al archivo de las actuaciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2499/0000/64/0026/15.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Estudios y Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de junio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/26.615/16)</texto>
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