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    <identificador>BOCM-20160805-173</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 2</departamento>
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    <titulo>Córdoba número 2. Procedimiento ordinario 568 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>186</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÓRDOBA NÚMERO 2 
 
 173 
 Córdoba número 2. Procedimiento ordinario 568 de 2016 
  EDICTO
  Doña Victoria A. Alférez de la Rosa, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Córdoba.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 568 de 2016, a instancias de la parte actora don Ángel Rodríguez Santos, contra “Matricor, Sociedad Limitada”, “Matrimad, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “Industria Cordobesa del Frío Fricold, Sociedad Limitada”, “Eulen ETT Flexiplan”, “Empleabilidad y Trabajo Temporal, ETT, Sociedad Limitada”, y “Tubefac, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución de fecha 14 de julio de 2016 del tenor literal siguiente:
  Acuerdo: Suspender los actos señalados para el día 6 de febrero de 2017, a las once cuarenta y cinco horas, y convocar a las partes para el día 1 de febrero de 2017, a las on- ce y quince horas, para la celebración del acto de juicio, caso de no llegar a una avenencia en el acto de conciliación previo señalado para las once y quince horas, al que deberán acudir con todos los medios de prueba de los que intenten valerse.
  Y para que sirva de notificación a las demandadas “Matricor, Sociedad Limitada”, “Matrimad, Sociedad Limitada”, y “Tubefac, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Córdoba, a 14 de julio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/27.480/16)</texto>
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