<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20160804-127</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/08/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 29. Procedimiento 1.074 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>185</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2016-08-04-185030820160195</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/08/04/BOCM-20160804-127.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/08/04/BOCM-20160804-127.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/08/04/BOCM-20160804-127.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/08/04/BOCM-20160804-127.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 
 127 
 Madrid número 29. Procedimiento 1.074 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.074 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Almudena Reguera González, frente a don Luis Alberto Arqued Alsina, “Actuaciones de Apoyo a las Pymes, Sociedad Limitada”, Confederación Española de Empresarios de la Madera, Federación Española de Empresas del Hábitat, Fondo de Garantía Salarial, Fundación Española de la Madera, Fundación Laboral de la Madera y el Mueble y “Gestiones para el Desarrollo de Proyectos Integrales, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se tiene por no anunciado el recurso de suplicación mencionado en el hecho primero de esta resolución.
  Se declara la firmeza de la resolución de fecha 6 de noviembre de 2015.
  Modo de impugnación: recurso de queja, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de diez días desde la notificación de la presente resolución (artículo 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y artículo 189 de la Ley de la Jurisdicción Social), debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 30 euros en la “Cuenta de consignaciones” de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Valvanuz García.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a Fundación Laboral de la Madera y el Mueble, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de julio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/26.426/16)</texto>
</documento>