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    <fecha_publicacion>2016/08/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Venturada. Régimen económico. Cuenta general</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>182</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Venturada</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VENTURADA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 49 
 Venturada. Régimen económico. Cuenta general 
  En la Intervención de esta Corporación, y a los efectos del artículo 212 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se halla de manifiesto la cuenta general del presupuesto para su examen y formulación, por escrito, de los reparos, reclamaciones u observaciones que procedan. La citada cuenta está integrada por:
  .	La del Ayuntamiento.
  	Para la impugnación de las cuentas se observará:
  	Plazo de exposición: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  a)	Plazo de admisión: los reparos y observaciones se admitirán durante el plazo anterior y ocho días más.
  b)	Oficina de presentación: Corporación.
  c)	Órgano ante el que se reclama: Pleno de la Corporación.
  Venturada, a 14 de julio de 2016..El presidente (firmado).
  
  (03/26.927/16)</texto>
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