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    <titulo>Jaén número 3. Procedimiento 549 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>179</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 3 
 
 259 
 Jaén número 3. Procedimiento 549 de 2015 
  EDICTO
  Doña Natividad Ruiz-Rico Ruiz-Morón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Jaén. 
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 549 de 2015, a instancias de la parte actora don Narciso Carretero Galdón, contra “Belges Interwork, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución de fecha 5 de mayo de 2016 del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por don Narciso Carretero Galdón, contra la empresa “Belges Interwork, Sociedad Limitada”, condeno a la demandada al pago al actor de la cantidad de 6.278,94 euros en concepto de principal, más el interés correspondiente conforme a lo declarado en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.
  El Fondo de Garantía Salarial deberá estar y pasar por el presente pronunciamiento de condena en el alcance previsto en la legislación vigente.
  Incorpórese la presente sentencia al libro correspondiente, expídase testimonio para su unión a los autos, y hágase saber a las partes que contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, recurso que habrá de anunciarse, antes este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de esta resolución.
  Así por esta mi sentencia, escrita y dictada en Jaén en la fecha indicada, lo acuerdo, mando y firmo, juzgando la presente causa en primera instancia.
  Lo inserto concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que conste expido el presente en Jaén, a 5 de mayo de 2016.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Belges Interwork, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Jaén, a 1 de julio de 2016..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.315/16)</texto>
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