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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2016/07/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Procedimiento 115 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>179</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 
 159 
 Madrid número 16. Procedimiento 115 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Rebeca Ballesteros Herrero, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 115 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don James García Orejuela, frente a “Urbacom Multiservicios, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Estimo la demanda presentada por don James García Orejuela, contra “Urbacom Multiservicios, Sociedad Limitada”, y en consecuencia, declaro la improcedencia del despido, condenando a la demandada a que admita al trabajador en las condiciones preexistentes al despido o a que, si así lo manifiesta por escrito o mediante comparecencia, ante este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, le indemnice con la cantidad de 15.059,31 euros, así como, en el caso de optar por la readmisión, al abono de los salarios devengados desde el despido, por importe diario de 44,39 euros.
  La mercantil abonará al actor la cantidad de 4.153,35 euros. Dicha cantidad generará el recargo por mora de conformidad con lo previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores respecto de las cantidades salariales.
  Notifíquese la presente resolución a las partes. Contra la misma podrá interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Urbacom Multiservicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 27 de junio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/25.845/16)</texto>
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