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    <titulo>Madrid número 7. Procedimiento 340 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 
 86 
 Madrid número 7. Procedimiento 340 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Don Alejandro Asensio Muñoz, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 340 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jaime Esteban Andrade Delgado, frente a “Voladuras, Demoliciones y Desguaces, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Acta
  En Madrid, a 13 de junio de 2016..Ante el letrado de la Administración de Justicia, don Alejandro Asensio Muñoz, de este Juzgado de lo social número 7, comparecen: como demandante, don Jaime Esteban Andrade Delgado, con documento nacional de identidad número 6608692-X, asistido por el letrado don José María Larumbe Diego, con número de colegiado 56.947, y como demandada, “Voladuras, Demoliciones y Desguaces, Sociedad Anónima”, con cédula de identificación fiscal número A-83776781.
  No ha comparecido “Voladuras, Demoliciones y Desguaces, Sociedad Anónima” al acto señalado para hoy y no consta su citación.
  Su señoría, a la vista de lo anterior, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y juicios señalados para el día de hoy.
  Asimismo, acuerda señalar nuevamente para dichos actos el día 13 de julio de 2016, a las diez y diez horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, dándose las partes que se encuentran presentes por citadas para el mismo.
  Dándose por notificadas las partes del presente acuerdo, se da por terminada esta comparecencia, firmando esta acta los que en la misma intervienen, de lo que yo, el letrado de la Administración de Justicia, doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Voladuras, Demoliciones y Desguaces, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 13 de junio de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/22.870/16)</texto>
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