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    <fecha_publicacion>2016/07/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Procedimiento 599 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>155</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 
 199 
 Madrid número 39. Procedimiento 599 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Victoria Delgado Robledo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 599 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Cristian Marius Bunea y don Eric Antonio Ballardo Arce, frente a don Antonio Moreno Valdivia, “Frío Trans Moval, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Estimando las demandas acumuladas presentadas por don Cristian Marius Bunea y don Eric Antonio Ballardo Arce, frente a la empresa “Frío Trans Moval, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, declaro improcedentes los despidos de fecha de efectos 11 de mayo de 2015 y resueltos los contratos de trabajo que unían a las partes con efectos de la fecha de esta resolución, condeno a la empresa demandada a que, no siendo posible la readmisión por encontrarse cerrada y sin actividad, abone a don Cristian Marius Bunea la cantidad de 17.268,66 euros y a don Eric Antonio Ballardo Arce la suma de 24.722,08 euros en concepto de indemnización legal. Asimismo, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a don Cristian Marius Bunea la cantidad de 751,65 euros y a don Eric Antonio Ballardo Arce la suma de 747,45 euros en concepto de preaviso no cumplido, cantidades estas últimas que deberán ser incrementadas con el recargo del 10 por 100 de interés por mora.
  Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo y con las formalidades que se establecen en el texto refundido de la Ley de la Jurisdicción Social.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Frío Trans Moval, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de junio de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/22.246/16)</texto>
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