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    <titulo>– Entidad Local Menor Belvis de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal actividades culturales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>130</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ENTIDAD LOCAL MENOR BELVIS DE JARAMA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  ENTIDAD LOCAL MENOR BELVIS DE JARAMA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Entidad Local Menor Belvis de Jarama. Régimen económico. Ordenanza fiscal actividades culturales 
  El Pleno de la Entidad Local Menor de Belvis de Jarama, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de abril de 2016, acordó aprobar la aplicación en Belvis de Jarama de la ordenanza fiscal de tasa por prestación de servicios y realización de actividades de carácter cultural aprobada por el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 131 de 2013, modificada por el número 24 de 2014.
  Se expone al público por el plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Belvis de Jarama, a 3 de mayo de 2016..El alcalde pedáneo, Mario Barrera Escudero.
  (03/18.973/16)</texto>
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