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    <titulo>Lleida número 2. Procedimiento 92 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE LLEIDA NÚMERO 2 
 
 169 
 Lleida número 2. Procedimiento 92 de 2016 
  EDICTO
  Por la presente cédula de citación dictada en méritos de resolución de fecha 10 de mayo de 2016 en autos instruidos por este Juzgado de lo social, a instancias de don Cosmin Gabriel Florea, contra “Medios y Desarrollos Auxiliares en España, Sociedad Limitada”, en reclamación de demandas, seguido con el número 92 de 2016, se cita a la mencionada empresa “Medios y Desarrollos Auxiliares en España, Sociedad Limitada”, de ignorado paradero, para que comparezca ante la Sala de audiencias de este organismo, sito en esta ciudad, el día 21 de junio de 2016, a las trece y treinta horas, para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que, caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio en única convocatoria, se celebrará a continuación, y al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse, advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por falta de asistencia de la demandada debidamente citada, y de que caso de incomparecencia de la parte demandada, podrá ser tenida por confesa.
  Debiendo aportar con quince días de antelación al acto de juicio los siguientes documentos: hojas salariales correspondientes a los meses de marzo a octubre de 2015, documentos de cotización TC1 y TC2 del año 2015, contrato o, en su caso, contratos de trabajo suscritos entre actor y demandada, y documento de liquidación, saldo y finiquito de la relación laboral el señor Cocea con la empresa. Se le advierte que si los citados documentos no se aportan al juicio sin mediar causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones de la parte contraria en relación con la prueba acordada.
  Lo que se hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán en estrados, salvo aquellas que revistan forma de auto o sentencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  En Lleida, a 10 de mayo de 2016..La letrada de la Administración de Justicia, Antonia Fernández Rueda.
  (03/18.960/16)</texto>
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