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    <fecha_publicacion>2016/05/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Procedimiento 41 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>112</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 
 127 
 Madrid número 17. Procedimiento 41 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Cristina Oro-Pulido Miguel, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 41 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Emilio Penas Sánchez, frente a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Emilio Penas Sánchez, contra la empresa “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, habiéndose citado al Fondo de Garantía Salarial, y en consecuencia, condeno a la empresa “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, al pago a don Emilio Penas Sánchez de la cantidad de 1.934,97 euros, que devengará el 10 por 100 de interés por mora respecto a los conceptos salariales reclamados.
  El Fondo de Garantía Salarial responderá de las consecuencias económicas previstas en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores y siempre dentro de los límites establecidos en el mencionado precepto.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella no cabe interponer recurso de suplicación.
  Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, Elena Raya Pérez.
  Publicación
  Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la magistrada-juez de lo social que la firma estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcon Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de abril de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/14.858/16)</texto>
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