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    <titulo>Madrid número 20. Juicio 193 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 20 
 
 84 
 Madrid número 20. Juicio 193 de 2015 
  EDICTO
  Don José Miguel Herránz Romero, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de instrucción número 20 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio sobre delitos leves número 193 de 2015, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 23 de 2015
  En Madrid, a 26 de noviembre de 2015.
  Vistos por mi don Pedro Merchante Somalo, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 20 de Madrid, los presentes autos de juicio sobre delito leve número 193 de 2015, seguidos por apropiación indebida, en el que han sido partes, además del ministerio fiscal, doña Fernanda Peres Ferreira de Melo, como denunciante/perjudicada y doña Sandra Pauliana Pintado Silva, en calidad denunciada, convengo en señalar los siguientes:
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo libremente de los hechos objeto del presente procedimiento a doña Sandra Paulina Pintado Silva, declarando de oficio las costas del mismo.
  Notifíquese a las partes en la forma prevista en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, haciendo saber que esta sentencia no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, que deberá formalizarse ante este Juzgado por escrito en la forma prevista en los artículos 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Fernanda Peres Ferreira de Melo, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.
  En Madrid, a 14 de marzo de 2016..El letrado de la Administración de Justicia.
  (03/10.370/16)</texto>
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