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    <titulo>Móstoles número 2. Ejecución 496 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 
 169 
 Móstoles número 2. Ejecución 496 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Isabel Cano Campaña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en la ejecución número 496 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguida a instancias de don Antonio Casero Gómez, don David Redondo García, don Fernando Vargas Urraca, don Francisco Javier Ruiz Galán, don Francisco José Martín de Ruedas Hernando, don José Antonio Crespo Testillano, don José Antonio Mora Garcés, don Juan Manuel Mendoza García, don Luis Miguel Ayllón García Velasco y doña Natalia Barci de la Vera, frente a “Gráficas Rogar, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa del laudo arbitral, se ha dictado decreto de fecha 1 de septiembre de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 385.434,31 euros de principal y 38.543 euros de intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Gráficas Rogar, Sociedad Anónima”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago, con el siguiente desglose del principal:
  A don José Antonio Mora Garcés: 43.905,72 euros, de los que 37.090,13 euros son en concepto de indemnización y 6.815,59 euros en concepto de cantidad.
  A don Juan Manuel Mendoza García: 25.763,23 euros, de los que 20.400,18 euros son en concepto de indemnización y 5.363,05 euros en concepto de cantidad.
  A don Fernando Vargas Urraca: 43.957,36 euros, de los que 38.688,54 euros son en concepto de indemnización y 5.268,82 euros en concepto de cantidad.
  A don Francisco Javier Ruiz Galán: 35.706,59 euros, de los que 28.081,48 euros son en concepto de indemnización y 7.625,11 euros en concepto de cantidad.
  A don Francisco José Martín Ruedas: 49.714,29 euros, de los que 42.782,85 euros son en concepto de indemnización y 6.931,44 euros en concepto de cantidad.
  A don David Redondo García: 16.744,99 euros, de los que 12.147,13 euros son en concepto de indemnización y 4.597,86 euros en concepto de cantidad.
  A don Luis Miguel Ayllón García Velasco, total de 45.670,20 euros, de los que 40.265,28 euros son en concepto de indemnización y 5.404,92 euros en concepto de cantidad.
  A don José Antonio Crespo Testillano: 41.652,37 euros, de los que 36.040,78 euros son en concepto de indemnización y 5.611,59 euros en concepto de cantidad.
  A don Antonio Casero Gómez: 37.218,26 euros, de los que 29.599,02 euros son en concepto de indemnización y 7.619,24 euros en concepto de cantidad.
  A doña Natalia Barci de la Vera: 45.101,30 euros, de los que 39.633,88 euros son en concepto de indemnización y 5.467,42 euros en concepto de cantidad.
  Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2851/0000/64/0496/14.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gráficas Rogar, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 7 de marzo de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/10.095/16)</texto>
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