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    <identificador>BOCM-20160406-112</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2016/04/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 22. Procedimiento 352 de 2015-01</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22 
 
 112 
 Madrid número 22. Procedimiento 352 de 2015-01 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María García Ferreira, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 352 de 2015-01 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Torresano Arellano, frente a don Eugenio Rubio Escolar, sobre cuenta de abogado, se ha dictado la siguiente resolución:
  Visto el contenido del anterior escrito y minuta sobre reclamación de honorarios, fórmese el oportuno procedimiento y regístrese en el libro correspondiente. Conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase a don Eugenio Rubio Escolar para que en el término de diez días ingrese en la “Cuenta de consignaciones” que este Juzgado tiene en el “Banco Santander”, agencia sita en la calle Princesa, número 3, de Madrid,, cuenta número 2387/0000/68/0352/15, o bien por transferencia bancaria, siendo los veinticuatro dígitos obligatorios: ES55/0049/3569/92/0005001274, indicando en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” 2387000064035215, como “Beneficiario” este Juzgado y persona o empresa que hace el ingreso, la cantidad a que dicho escrito se refiere en concepto de honorarios profesionales (857,50 euros), o bien impugne los mismos por indebidos o por excesivos. Advirtiéndose de que, si dentro del citado plazo no se ingresa la cantidad ni se impugnan los honorarios, se seguirá la vía de apremio contra sus bienes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Eugenio Rubio Escolar, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de marzo de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/9.769/16)</texto>
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