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    <fecha_publicacion>2016/03/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Daganzo de Arriba. Régimen económico. Padrones fiscales 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Daganzo de Arriba</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE DAGANZO DE ARRIBA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Daganzo de Arriba. Régimen económico. Padrones fiscales 2016 
  La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 18 de febrero de 2016, acordó aprobar y exponer al público los siguientes padrones fiscales:
  .	Tasa sobre recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos 2016.
  .	Tasa por prestación del servicio de alcantarillado primer semestre 2016.
  .	Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2016 .
  .	Tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento, carga y descarga de mercancías de cualquier clase 2016.
  .	Tasa por licencias de autotaxis y demás vehículos de alquiler 2016.
  .	Tasa por instalación de puestos de venta de productos diversos en el mercadillo semanal primer semestre 2016.
  Estos padrones y matriculas fiscales estarán expuestos al público en el Ayuntamiento de Daganzo de Arriba, Servicio de Recaudación, en el horario de lunes a viernes, mañanas de nueve a catorce, durante el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlos.
  Contra los actos de aprobación de los padrones fiscales o matrículas y las liquidaciones tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán interponer ante este Ayuntamiento recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la finalización de la exposición pública, previo al contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del recurso de reposición, si es expresa, o seis meses si es presunta.
  Anuncio de cobranza:
  El período de pago voluntario de estos padrones fiscales de iniciará del 21 de marzo al 23 de mayo de 2016, ambos inclusive 
  El pago de los tributos gestionados mediante los padrones fiscales anteriormente indicados podrá realizarse en las siguientes oficinas bancarias: “Ibercaja”, “Bankia”, “La Caixa” y “Banco Popular”, mediante la presentación del documento cobratorio, en los días y horas de caja. 
  La no recepción por el interesado del recibo de pago no es motivo para su falta de abono en período voluntario, pudiendo recoger un duplicado u original en de Departamento de Recaudación. 
  Los contribuyentes podrán hacer uso de la domiciliación del pago en cuentas abiertas en entidades de crédito. Con el objeto de facilitar el cumplimiento de la obligación tributaria, se establece un sistema especial de pago de las cuotas por recibo, que fraccionara la deuda. Los pagos domiciliados disfrutarán de una bonificación del 3 por 100.
  Los recibos domiciliados correspondientes al sistema especial de pago se pasará a cobro: los días 21 de cada mes, desde el mes de marzo al mes de noviembre de 2016.
  Los recibos domiciliados correspondientes a un único pago se pasarán al cobro el día el 23 de mayo de 2016.
  Pasado el período de tiempo anteriormente mencionado, relativo a voluntaria todos los morosos quedarán comprendidos dentro de los recargos, apremios y costas, de conformidad con el Reglamento de Recaudación y de la Ley Tributaria vigente.
  Daganzo de Arriba, a 18 de febrero de 2016..La concejala de Economía y Hacienda, Ana Arranz Rosco.
  (02/7.702/16)</texto>
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