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    <titulo>Madrid número 10. Ejecución 26 de 2016</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 
 105 
 Madrid número 10. Ejecución 26 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 26 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Antonio Chalán Cacay, frente a don Pepe Joaquín Carrión Alvarado y “Carlles Comunicación y Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado resoluciones, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Auto
  En Madrid, a 9 de febrero de 2016.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don Luis Antonio Chalán Cacay, frente a don Pepe Joaquín Carrión Alvarado y “Carlles Comunicación y Servicios, Sociedad Limitada”.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2508/0000/64/0026/16.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Segura Rodríguez.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Encarnación Gutiérrez Guío..En Madrid, a 9 de febrero de 2016.
  El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en la sentencia de fecha 15 de diciembre de 2015 a los apremiados don Pepe Joaquín Carrión Alvarado y “Carlles Comunicación y Servicios, Sociedad Limitada”, a favor del demandante don Luis Antonio Chalán Cacay y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, planta tercera, el día 24 de mayo de 2016, a las nueve y veinte horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a  “Carlles Comunicación y Servicios, Sociedad Limitada”, y don Pepe Joaquín Carrión Alvarado, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de febrero de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/6.022/16)</texto>
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