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    <titulo>Madrid número 55. Procedimiento ordinario 1.409 de 2011</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 55</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 55 
 
 47 
 Madrid número 55. Procedimiento ordinario 1.409 de 2011 
  EDICTO
  Don Ramón Díez de Ulzurrun Calvo, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 55 de Madrid.
  Da fe: Que, en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.409 de 2011, instados por el procurador don Juan Luis Cárdenas Porras, en nombre y representación de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, contra don David García Abejas, en reclamación de 13.730,98 euros, en los que se ha dictado en fecha de 15 de febrero de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Juan Luis Cárdenas Porras, en nombre y representación de la sociedad mercantil “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, contra don David García Abejas, debo:
  1.o  Condenar al demandado a pagar a la sociedad mercantil demandante la cantidad de 13.730,98 euros más los intereses moratorios pactados desde la fecha del cierre de cuentas de cada póliza, más sus intereses legales desde la fecha de la demanda y los previstos en el artículo 576.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha de esta resolución.
  2.o  Imponer las costas del presente juicio a la parte demandada.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que cabe interponer recurso de apelación contra ella en el plazo de veinte días desde su notificación. Adviértase a las partes de que para la interposición del recurso será necesario constituir depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado, así como de que el mismo devengará, en su caso, la tasa prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre.
  Así, por esta sentencia, lo acuerdo y firmo.
  En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don David García Abejas y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
  En Madrid, a 17 de febrero de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (02/7.000/16)</texto>
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