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    <titulo>Madrid número 8. Procedimiento 816 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 
 86 
 Madrid número 8. Procedimiento 816 de 2015 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Raquel Paz García de Mateos, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que, en el procedimiento número 816 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Esteban Donoso Guerrero, frente a “Alquilara, Sociedad Limitada”, “Alquileres D’Reina, Sociedad Limitada”, “Alquileres Postigo, Sociedad Limitada”, “Comercial Lara Valle, Sociedad Limitada”, “Maquinarias de Lara, Sociedad Anónima”, “Minis HPS, Sociedad Limitada” y Servicio Público de Empleo Estatal, sobre Seguridad Social, se ha dictado decreto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente dictado la siguiente resolución:
  “Se acuerda tener por desistida a la parte actora, don Esteban Donoso Guerrero de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado en la entidad “Banco Santander” IBAN ES55-0049-3569-9200-0500-1274, número 2506-0000-62-0816-15.
  Así, lo acuerdo y firmo..Doy fe, la letrada de la Administración de Justicia, doña Ángeles Charriel Ardebol”.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Comercial Lara Valle, Sociedad Limitada”, “Maquinarias de Lara, Sociedad Anónima”, “Alquileres Postigo, Sociedad Limitada”, “Alquilara, Sociedad Limitada” y “Alquileres D’Reina, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de febrero de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/5.781/16)</texto>
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