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    <identificador>BOCM-20160222-83</identificador>
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    <titulo>Madrid número 5. Ejecución 4 de 2016</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5 
 
 83 
 Madrid número 5. Ejecución 4 de 2016 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María José Villagrán Moriana, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 880 de 2014, ejecución número 4 de 2016 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Molina Alfonso, frente a “Instituto de Genética 23, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 22 de enero de 2016. La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que en fecha 29 de diciembre de 2015 ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias, presentado por doña Cristina Molina Alfonso, solicitando la ejecución de sentencia, por la que se condena a “Instituto de Genética 23, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta. Doy fe.
  Auto
  En Madrid, a 22 de enero de 2016.
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, doña Cristina Molina Alfonso, frente a la demandada “Instituto de Genética 23, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 3.495,97 euros y 350 euros en concepto del interés del 10 por 100 anual de mora, más 210,00 euros y 350,00 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander” número 2503-0000-00-0880-14.
  Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez de lo social doña Ángela Mostajo Veiga.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Instituto de Genética 23, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de enero de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/3.684/16)</texto>
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