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    <titulo>– Aldea del Fresno. Organización y funcionamiento. Solicitudes juez de paz</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ALDEA DEL FRESNO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALDEA DEL FRESNO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Aldea del Fresno. Organización y funcionamiento. Solicitudes juez de paz 
  Corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas juez de paz, titular y sustituto de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, por lo que se resuelve abrir un plazo de quince días hábiles a partir de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía. 
  Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etcétera.
  Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de primera instancia del partido. Lo que se publica para general conocimiento.
  En Aldea del Fresno, a 20 de enero de 2016..El alcalde, Guillermo Juan Celeiro Fabián.
  (03/4.997/16)</texto>
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