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    <fecha_publicacion>2016/02/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Parla número 3. Procedimiento 1.102 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 3 
 
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 Parla número 3. Procedimiento 1.102 de 2014 
  EDICTO
  En los autos de procedimiento de familia, guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados número 1.102 de 2014, sobre pieza familia incidentes, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia
  En Parla, a 12 de enero de 2016..Vistos por doña Aurora de Blas Hernández, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Parla, los presentes autos de guarda, custodia y alimentos seguidos en este Juzgado con el número 1.102 de 2014, a instancias de doña Jesavel Cristina Pérez Martos, representada por la procuradora señora Artola Aguiar y asistida de la letrada doña María Isabel Olmedo Hernando, contra don Kevin de Jesús Reyes Bautista.
  Fallo
  En la demanda interpuesta por la procuradora señora Artola Aguiar, en nombre y representación de doña Jesavel Cristina Pérez Martos, en concepto de demandante, y como demandado don Kevin de Jesús Reyes Bautista, hago los siguientes pronunciamientos:
  1.  Se atribuye la guarda y custodia de la hija a la madre, con la patria potestad compartida por ambos progenitores.
  2.  La obligación de abono de alimentos del demandado queda en suspenso mientras dure la situación de absoluta carencia de ingresos. Caso de que tal situación desaparezca, deberá abonar a la actora la suma de 300 euros mensuales, suma que se actualizará anualmente conforme al índice de precios al consumo u organismo que lo sustituya, y el 50 por 100 de los gastos extraordinarios.
  3.  No ha lugar a fijar régimen de visitas para el padre.
  Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento en cuanto a las costas causadas.
  Esta sentencia no es firme y contra ella puede interponerse recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días a partir de su notificación.
  Y para que sirva de notificación de sentencia a don Kevin de Jesús Reyes Bautista se expide la presente en Parla, a 14 de enero de 2016..La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/3.249/16)</texto>
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