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    <titulo>Jaén número 2. Procedimiento 437 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 2 
 
 149 
 Jaén número 2. Procedimiento 437 de 2015 
  EDICTO
  Don José Ramón Rubia Martínez, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 2 de Jaén.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 437 de 2015, a instancias de la parte actora don Raúl Rodríguez Cruz, contra “I-Vamos, Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia de fecha 18 de enero de 2015, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Estimar íntegramente la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don Raúl Rodríguez Cruz, frente a la empresa “I-Vamos, Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, condenando a la demandada a abonar al trabajador la suma de 1.788,77 euros, incrementada con el 10 por 100 de interés moratorio.
  Ello sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, pudiera recaer en el Fondo de Garantía Salarial, en caso de insolvencia de la demandada.
  Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, debiendo anunciarlo, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente, previa consignación del pertinente depósito.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “I-Vamos, Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Jaén, a 20 de enero de 2016..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/3.105/16)</texto>
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