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    <fecha_publicacion>2016/02/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Sevilla número 1. Procedimiento 686 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>39</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 1 
 
 203 
 Sevilla número 1. Procedimiento 686 de 2013 
  EDICTO
  El letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Sevilla.
  Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento número 686 de 2013, sobre procedimiento ordinario, a instancias de doña Consuelo López Valenzuela, contra “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en la que se ha dictado resolución, que sustancialmente dice lo siguiente:
  La ilustrísima señora doña Aurora Barrero Rodríguez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Sevilla, ha pronunciado la siguiente
  Sentencia número 6 de 2016
  En Sevilla, a 13 de enero de 2016..Vistos en juicio oral y público los presentes autos seguidos en este Juzgado bajo el número 686 de 2013, promovidos por doña Consuelo López Valenzuela, contra “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre cantidad.
  Fallo
  Estimo la demanda formulada por doña Consuelo López Valenzuela, contra “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y condeno a la demandada a que abone a la actora la suma de 401,71 euros. Con imposición de costas a la demandada, con el límite de 600 euros.
  Contra esta sentencia no cabe recurso.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación en forma a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa..El letrado de la Administración de Justicia (firmado).
  (03/2.937/16)</texto>
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