<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20160216-201</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE REUS NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2016/02/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Reus número 1. Ejecución 238 de 2015-N</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>39</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2016-02-16-39100220160088</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/02/16/BOCM-20160216-201.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/02/16/BOCM-20160216-201.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/02/16/BOCM-20160216-201.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/02/16/BOCM-20160216-201.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE REUS NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE REUS NÚMERO 1 
 
 201 
 Reus número 1. Ejecución 238 de 2015-N 
  EDICTO
  En méritos de lo acordado en la ejecutoria número 238 de 2015-N seguida en este Juzgado de lo social número 1 de Reus, a instancias de don Fernando Antonio Álvarez Robaina, contra “COS Seguridad, Sociedad Limitada”, por el presente se notifica a la entidad ejecutada “COS Seguridad, Sociedad Limitada” (“Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”), en atención a su domicilio desconocido, el decreto dictado en fecha 21 de enero de 2016, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Se declara a la ejecutada “COS Seguridad, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 3.217,22 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional, procediéndose, asimismo, al archivo de las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndoles de que contra esta resolución cabe recurso de reposición a presentar dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
  Así lo mando y firmo..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación en forma a la parte ejecutada “COS Seguridad, Sociedad Limitada” (“Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”), expido el presente que firmo en Reus, a 21 de enero de 2016..La letrada de la Administración de Justicia, en sustitución, María Torró Pascual.
  (03/2.812/16)</texto>
</documento>