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    <titulo>A Coruña número 5. Autos 514 de 2015</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE A CORUÑA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE A CORUÑA NÚMERO 5 
 
 166 
 A Coruña número 5. Autos 514 de 2015 
  CITACIÓN
  Por la presente y en virtud de lo acordado en esta fecha por el ilustrísimo magistrado-juez del Juzgado de lo social número 5 de A Coruña, en los autos registrados con el número 514 de 2015, seguidos a instancias de don Jesús Manuel González Martínez, contra “Falcón Contratas y Seguridad” y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de despido, se cita en legal forma al representante legal de la empresa demandada, que tiene su domicilio desconocido, para que el día 4 de julio de 2016, a las diez y cuarenta horas, comparezca en la Sala de este Juzgado, sito en la calle Monforte, número 1 (edificio “Nuevos Juzgados”), al objeto de prestar confesión judicial, bajo el apercibimiento de poder ser tenido por confeso (artículo 91 de la Ley de Procedimiento Laboral) y que la infracción a este deber de comparecencia se sancionará, previa audiencia de cinco días, con multa de 180 a 600 euros, como ordena el artículo 304, en relación con el 292 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto de juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad, para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se le cite en calidad de testigo. Apercibiéndose que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas. En todo caso, deberá acreditar documentalmente su carácter de representante legal de la empresa.
  A Coruña, a 26 de enero de 2016..La secretaria judicial, María Jesús Hernando Arenas.
  (03/4.098/16)</texto>
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