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    <titulo>– Puebla de la Sierra. Régimen económico. Modificación tributo ICIO</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PUEBLA DE LA SIERRA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE LA SIERRA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Puebla de la Sierra. Régimen económico. Modificación tributo ICIO 
  Se hace público a los efectos del artículo 17.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el acuerdo definitivo de modificación de la ordenación para la regulación del tributo de modificación de ICIO para las actuaciones del Programa de Rehabilitación de Viviendas, que fue adoptado por la Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 23 de enero de 2016.
  Visto que no se han presentado reclamaciones contra el acuerdo adoptado por esta Corporación en sesión celebrada el día 21 de noviembre de 2015, por el que fue aprobada provisionalmente la modificación de la ordenación para la regulación del tributo modificación de ICIO para las actuaciones del Programa de Rehabilitación de Viviendas.
  La Corporación del Ayuntamiento acuerda por unanimidad aprobar definitivamente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del tributo de modificación del ICIO para las actuaciones del Programa de Rehabilitación de viviendas, cuyo contenido literal es el siguiente:
  ORDENANZA NÚMERO 16, IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
  Art. 6.  Bonificaciones:
  C)	Del 50 por 100 para las obras del Programa de Rehabilitación de Viviendas.
  La presente ordenanza fiscal entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
  Puebla de la Sierra, 2016..El alcalde, Aurelio Bravo Bernal.
  (03/3.646/16)</texto>
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